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Aprobación de la Ley Federal para la Regulación de Cannabis por el Senado de la Republica

El 19 de noviembre del presente año el Senado de la República aprobó el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Regulación de Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.


La iniciativa pasará para la Cámara de Diputados para su discusión y votación, la cual deberá ser votada antes del 15 de diciembre.


La nueva Ley Federal para la Regulación estables la creación del instituto mexicano para la Regulación y Control de Cannabis como un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud.


El instituto será encargado de regular la venta y producción de cannabis en el país mediante la emisión de cinco tipos de licencias; para cultivo, trasformación y venta, investigación y exportación o importación.


Las licencias de cultivo, trasformación y comercialización se excluyen entre sí, salvo la licencia de exportación o importación de cannabis no psicoactivo, las cuales pueden ser concedidas con otro tipo de licencia.


Algunas de las cuestiones que regula la nueva Ley son:


§ Solo las personas mayores de 18 años podrán cultivar, portar y consumir cannabis con un permiso del instituto.


§ La posesión de cannabis psicoactiva se sancionará penalmente cuando sea superior a los 200 gramos.


No serán sancionadas las actividades de siembra, cultivo o cosecha de plantas de cannabis cuando se lleven a cabo con fines médicos y científicos.


En conclusión, la creación de la nueva Ley Federal para la Regulación de Cannabis implica un gran reto para el gobierno, pues tiene como propósito de disminuir del mercado ilegal de cannabis psicoactivo y con ello reducir el crimen organizado, la corrupción y la violencia en México.


La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió cinco amparos relativos al consumo de cannabis con fines lúdicos y recreativos.


La Suprema corte estableció:


§ Autorización del consumo personal de cannabis, con fines lúdicos y recreativos, solo para quien tramite un juicio de amparo.


§ La COFEPRIS debe determinar los lineamientos y modalidades para otorgar permisos.


 




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