El 20 de noviembre de 2020 el Servicio de Administración Tributaria emitió un comunicado en relación al Registro en el Esquema de Certificación de Empresas para dar a conocer el procedimiento del pago de los derechos a que se refiere el artículo 40, inciso m, de la Ley Federal de Derechos para el ejercicio 2021.
En dicho tunicado se establece que, a don de presentar el Aviso de Renovación relacionado a dicho Registro en tiempo y forma, y en tanto se determina y publica la cuota de derechos para el ejercicio 2021, se permitirá la presentación de dicho Aviso sin que se haya efectuado el pago de derechos. Sin embargo, una vez publicada la cuota aplicable, deberá realizarse el pago correspondiente dentro de los 15 días hábiles siguientes a su publicación.
Por lo anterior, y tratándose únicamente de la renovación para la modalidad IVA e IEPS del mencionado Registro, la hoja de ayuda se deberá llenar de la siguiente manera:
En el campo de "llave de pago" se coloca el RFC de la empresa.
En el campo de "numero de operación" se coloca la palabra "RENOVACION2021".
En el campo de "banco" se puede elegir cualquier banco de manera indistinta, sin necesidad de que corresponda al banco en donde después se presente el pago.
En el campo de "fecha de pago" se coloca la fecha del día que se está presentando el aviso.
En el apartado de documentos adjuntos, toda vez que es un campo obligatorio, se adjunta el comunicado emitido por el SAT el día 20 de noviembre de 2020.
Ahora bien, en caso de ya haber realizado el pago de la renovación para el ejercicio de 2021 con la cuota vigente del 2020, se presentará dicho comprobante y una vez publicada la cuota correspondiente al ejercicio de 2021, se deberá pagar la diferencia entre el pago realizado y la cuota que resulte aplicable.
Todos los comprobantes de pago se enviaran de manera electrónica a través de las direcciones pago.ivaieps@sat.gob.mx y oeamexico@sat.gob.mx una vez que se hayan realizado
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