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Iniciativa de Reforma Constitucional en materia energetica



El día 1° de octubre de 2021, el Poder Ejecutivo Federal, presento a la Cámara de Diputados, una iniciativa de Reforma Constitucional a los artículos 25, 27 y 28 de nuestra Constitución Política, la cual contiene 9 artículos transitorios

Dicha reforma, es de alto impacto con relación al actual modelo energético, en específico, al sector eléctrico, sin embargo, tiene implicaciones también en el sector de los hidrocarburos.

  • La reforma señala como objetivo el fortalecimiento de la Comisión Federal de Electricidad, por lo que propone su integración vertical y horizontal, desapareciendo la gran mayoría de sus filiales y subsidiarias. Asimismo, el CENACE, actual operador del Sistema Eléctrico Nacional, desaparece formando parte integral de la CFE.

  • En este sentido, la propuesta de reforma constitucional, establece como área estratégica reservada en exclusiva a la Nación, todas las actividades relacionadas con el sector eléctrico: generación, conducción, transformación, distribución y abastecimiento.


Este cambio es fundamental con relación al actual modelo, en el que las áreas estratégicas se limitan a la planeación y control del sistema eléctrico, así como a la transmisión y distribución.


Con esta propuesta de modificación, quedaría prohibida la participación privada en dichas actividades, reservándose en exclusiva a la Comisión Federal de Electricidad.


  • De igual manera, la reforma prevé que será el Estado el único encargado de preservar la seguridad y autosuficiencia energética de la Nación, así como el abastecimiento continuo de energía eléctrica.

  • La CFE generara, al menos, el 54% de la electricidad y los privados podrán producir hasta el 46%, la cual será adquirida exclusivamente por la propia CFE, quien señalara los mecanismos y términos y condiciones para dicha adquisición.

  • La iniciativa de reforma también establece que "los permisos de generación eléctrica otorgados y los contratos de compraventa de electricidad con el sector privado, se cancelan...", de igual manera, establece que la generación procedente de las modificaciones a los permisos de autoabastecimiento que fueron otorgados en contravención a los establecido en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, no será reconocida ni adquirida por la CFE. "Igualmente, la generación excedente de los productores independientes de Energía, derivada de permisos sobrepuestos al permiso original de la central, tampoco será reconocida."

  • Es importante destacar que, mediante el Transitorio Tercero, se señala que la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Comisión Reguladora de Energía, se "suprimen", absorbiendo la Secretaria de Energía sus facultades y atribuciones.

  • El Poder Legislativo contara con 180 días para expedir las leyes que reglamenten esta propuesta de reforma, en caso de aprobarse.


Finalmente, es importante señalar que la aprobación de una reforma constitucional, requiere la aprobación de la mayoría calificada de dos terceras partes de los legisladores presentes, tanto de la Cámara de Diputados, como de la Cámara de Senadores, así como la ratificación de la mayoría absoluta (la mitad más uno) de las legislaturas estatales.


Contacto

Miguel Navarro | Socio Líder

Tel. 444 176 2624

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