El senado Ricardo Monreal Ávila, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, presento una iniciativa de reforma para modificar el Artículo Primero Transitorio del decreto en materia de subcontratación laboral, con lo que se busca ampliar el periodo de entrega en vigor. En la exposición de motivos el senador detallo que es apropiado prorrogar a fin de permitir la posibilidad del cumplimiento de las nuevas obligaciones, ya que el Artículo Primero Transitorio refiere como plazo el 1 de agosto de 2021 para su cumplimiento. La propuesta indica que Contar con un plazo adicional de treinta días al 1 de agosto para que se puedan generar las condiciones necesarias que permitan ejecutar favorablemente la reforma, y permitirá que no se pierda el propósito al hacer posible el cumplimiento del propósito de las medidas fiscales. Considerando que una cantidad importante de personas físicas y morales han tenido dificultad para generar las constancias de cumplimiento ante el IMSS,
SAT y particularmente ante el INFONAVIT. Al destacar que el primer párrafo del artículo de la Ley Federal del Trabajo, estableció como requisito indispensable para obtener la inscripción en el Registro de Presentadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), que las personas físicas o morales acrediten estar al corriente de sus obligaciones fiscales. Además de manera complementaria, el artículo 15-D al Código Fiscal de la Federación, establece la posibilidad de que se puedan dar efectos fiscales de deducción o acreditamiento a los pagos o contraprestaciones por subcontratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas. La propuesta quedaría de la siguiente forma: “El presente Decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de lo previsto en los artículos Cuarto, Quinto y Sexto del presente Decreto, que entraran en vigor el 1 septiembre de 2021 y lo previsto en los artículos Séptimo y Octavo del presente Decreto entraran en vigor en el ejercicio fiscal 2022”.
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