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Reformas al Código Financiero para 2021 en Estado de México

El día 26 de enero de 2021 se publicó el decreto numero 235 por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Entre otros cambios, uno relevante aplicable para aquellas personas físicas y jurídico colectivas que están obligadas a dictaminarse y las que opten por hacerlo, es el que contempla la fracción I del artículo 47G del citado ordenamiento.


Con la reforma, será necesario que la información cuantitativa que debe incluirse en el dictamen se presente también por cada uno de los trabajadores adicional al desglose por cada establecimiento que previo a la reforma ya se requería en el dictamen.


Artículo 47G

  1. La integración de esta información, se presentará por cada uno de los trabajadores y por cada establecimiento ubicado dentro del territorio del Estado, en los que se haya realizado el hecho generador o se realicen actividades que generen obligaciones fiscales respecto del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal subordinado, indicando su domicilio y ubicación.

Lo establecido en esta fracción, será aplicable también para aquellos lugares donde se lleven a cabo edificaciones de obra, acabados, modificaciones y/o remodelaciones, independientemente de la ubicación de estos.

Entrada en vigor

El presente decreto entro en vigor el pasado 27 de enero.

 

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